Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas. Sobre la declaración de los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas (A/8082).
El derecho Internacional
A) El principio de que los Estados
se abstengan de recurrir a la amenaza o uso de la fuerza contra la integridad o
independencia política de cualquier Estado o en cualquier forma compatible con
los propósitos de las Naciones unidas.
¿ Pero El derecho
internacional emana de los Estados y las organizaciones internacionales?
Esta afirmación es falsa. Hay que resaltar la ausencia de carácter supraestatal del derecho
Internacional, en post de consenso unánime de las distintas disciplinas que
estudian la sociedad internacional, para la creación de un conjunto normativo
creado por el acuerdo de lo s Estados. De ahí la expresión “derecho
internacional público” que emana de los tratados internacionales, costumbres
internacionales, resoluciones de organizaciones internacionales y otras fuentes
de derecho reconocidas por los Estados
Controversias entre Estados
B) Los Estados arreglarán sus
controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se
pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia.
c) La obligación de no intervenir
en los asuntos que son de la jurisdicción interna de los Estados.
d) La obligación de los Estados de
cooperar entre sí.
e) El principio de la igualdad de
derechos y de la libre determinación de los pueblos
f) El principio de la igualdad
soberana de los Estados.
g) El principio de que los Estados
cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con
la Carta.
Además, estos principios básicos se
encuentran relacionados entre sí, debiendo interpretarse y aplicarse cada uno
en el contexto de los restantes.
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